Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho
El matrimonio está regulado en el Título IV del Código Civil. En su producto 44, dispone que “El hombre y la mujer están en su derecho a casarse de conformidad con las disposiciones de este Código. El matrimonio va a tener exactamente los mismos requisitos y efectos en el momento en que los dos contrayentes sean del mismo o diferente sexo.
Ha precisado la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según el Tribunal Constitucional, que la unión en verdad es: «La unión libre, pública y permanente de 2 personas independientemente de su orientación sexual, como mientras que ellos. ostentan entre sí, vínculo consanguíneo coincidente con el matrimonio, no incompatible con cualquier matrimonio de los convivientes”.
Diferencias en lo que se refiere a la composición de la pareja: régimen jurídico, requisitos y régimen económico
– El matrimonio se funciona por una regla estatal (producto 44 del Código Civil) que lo define como “la unión consanguinidad persistente de 2 personas del mismo o diferente sexo”.
– El Tribunal Supremo define una unión en verdad como “una unión libre, pública y permanente de 2 personas con independencia de su orientación sexual, siempre y cuando tengan una relación coincidente con el matrimonio, y sean incompatibles con cualquier matrimonio”. de los corresidentes”.
Convivencia y excedencia marital
Los quince días de excedencia que te dan las compañías en el momento en que te viviendas es una excedencia que no gozan las parejas en verdad en el momento en que se forman como semejantes si bien mucho más Entre mucho más pactos es este permiso.
Posibilidades de matrimonio
Pensión de viudedad
Cuando hayas recibido tu personería jurídica de la autoridad pertinente, vas a tener derecho a recibir a la viudedad en el caso de muerte del compañero.
O sea algo que se da a los matrimonios justo después actualmente de la constitución, pero la legislación competente pide algunos requisitos auxiliares para las parejas en verdad.
Para los pequeños, ¿cuál es el trámite de separación para un matrimonio o sociedad en verdad?
Matrimonio: El trámite de separación o divorcio puede ser de acuerdo mutuo o a través de la firma de un convenio regulador, o a través de un trámite contencioso administrativo. Parejas en verdad: El trámite a interponer es el de acciones padre-hijo, que es un trámite verbal que puede existir de acuerdo mutuo, firmando los progenitores un convenio rector o contencioso.
Matrimonio: El cónyuge desfavorecido va a poder pedir la pensión compensatoria en nuestro trámite de separación o divorcio. Pareja en verdad: De entrada no, pero en varias Comunidades Autónomas está regulada, en otras no. Lo idóneo es acordarlo antes, y agregarlo a través de escritura pública el día que se celebre la unión.